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REGLAMENTO-2004

Capitulo X

De la Cala de Caballo

Artículo 70.- Esta faena es la demostración de la buena rienda y educación del caballo charro y comprende brío, poder, buen gobierno, estribo, mansedumbre, andadura, galope, carrera, ceja y posturas de cabeza y cola.

Artículo 71.- Para realizar la cala de caballo, los competidores, se presentarán ante los jueces para revisión de frenos, riendas  estribos, momentos antes de iniciar la charreada en el orden que les corresponda,  revisión que se llevará a cabo en el área del rectángulo. Los caladores desfilarán con sus respectivos equipos y esperarán el llamado de los jueces para la ejecución de su faena según les corresponda.

Una vez que los jueces autoricen al competidor a iniciar su cala, éste se presentará en el rectángulo, saludará al público, dará medio lado y se dirigirá al galope rumbo al partidero, al llegar a la distancia cero (0) del lienzo, volteará su caballo para ponerlo de frente al ruedo disponiendo hasta de un minuto para arrancar su cabalgadura.

Sobre  parado, podrá arrancar al paso o al galope hasta la distancia entre los diez y quince metros donde deberá imprimir mayor velocidad desarrollando toda la carrera de su cabalgadura hasta ejecutar la punta. La cuarta, sólo para su uso en las ancas queda a criterio del competidor, sin que sea obligatorio traerla en la mano cuando se decida a no usarla. Al entrar en el rectángulo el charro llamará a su caballo para dar la punta tomándose en cuenta la velocidad en la carrera y las huellas dejadas por el caballo al rayar en tres tiempos como máximo, para obtener puntos adicionales.

Después  sin voltear el caballo lo pondrá  en el centro respecto de las líneas laterales y sobre  parado lo hará girar dando tres o más lados hacia la derecha o hacia la izquierda, y si se desplazara, al terminar en un sentido, lo regresará al centro para continuar con los lados contrarios. En ésta prueba se tomará en cuenta el número de vueltas y su velocidad así como el mantener su centro, pivoteando o asentando la pata del lado del giro.

Al término de los lados, nuevamente se tomará el centro para dar medios lados, girándose 180 grados, a la derecha y después a la izquierda o viceversa, siendo obligatorio hacerlo hacia ambos sentidos, y no serán considerados si no se completan los 180 grados.

Terminada ésta prueba. Cejará su caballo en línea recta rumbo al partidero, debiendo cruzar con los cuartos delanteros la distancia de los cincuenta metros marcada en la manga del lienzo y regresará al paso hasta el rectángulo, donde saludará al estilo charro dando por terminada la cala de caballo.

Artículo 72.- La cala completa se integra con:

  • Revisión en el área del rectángulo

  • Galope

  • Carrera

  • Punta

  • Lados

  • Medios lados

  • Ceja

  • Paso natural

Artículo 73.- Iniciando en el partidero por el centro de la manga del lienzo se medirá y señalara una distancia de 70 metros en donde en forma perpendicular se medirá y marcará un rectángulo de 6 x 20 metros el que tendrá 3 metros a cada lado de la línea central y llegará consecuentemente a los 90 metros.

Artículo 74.- Para la ejecución de los movimientos, la rienda se manejará preferentemente a media tabla del cuello del caballo. No se deberá abrir la rienda ni manquearla. Todos los movimientos se harán con una sola mano, izquierda o derecha, pudiéndose cambiar de mano, pero nunca usar las dos al mismo tiempo, a  excepción de que se haga en la punta, perdiendo, si lo hiciera, los puntos adicionales respectivos.

Artículo 75.- Se permitirá  el uso de taloneras, muñequeras, y campanas para la protección de manos y patas del caballo, aunque no sean de cuero o estilo charro, pudiendo ser de materiales como: neopreno, velcro o cualquier otro, en colores negro, blanco, café o gris o inclusive todas las tonalidades de bayo.

Artículo 76.- Queda terminantemente prohibido modificar el  área donde se marca el rectángulo añadiendo materiales de cualquier tipo distintos al del piso general del ruedo.

Artículo 77.- la ejecución de la punta deberá  hacerse entre los 70 y 90 metros, solo las huellas que marquen las patas del caballo dentro del rectángulo serán tomadas en cuenta para la calificación en la punta.

Artículo 78.- En la punta, para su calificación, deberá  tomarse como base la huella más larga que marque cualquiera de las patas del caballo, otorgándose puntos adicionales cuando se raye por seis metros como mínimo, siempre y cuando ninguna  de las dos patas marquen huellas en más de tres tiempos.

Calificaciones

  • Se otorgarán 20 puntos por la cala de caballo completa y esta calificación podrá aumentar o disminuir según la puntuación adicional  o las infracciones.

Adicionales

I.          por  ejecutar la cala de caballo usando una sola mano,

Izquierda o derecha optativa mente desde su inicio:                              1 punto

II.         Por cada metro de huellas marcadas durante la punta, cuando

            se raye mínimo seis metros y en tres tiempos como máximo                 1 punto

III.       Por dar seis  o más lados imprimiendo su velocidad máxima

            desde el inicio, sin salirse de su centro, por cada lado                            2 puntos

IV.       Por asentar la pata de apoyo de lado en que está girando,

            haciendo  una sola  marca en la arena por cada lado

            imprimiendo su máxima velocidad. Se acumulan con los de

            la fracción anterior                                                                                     1 punto

V.        Por dar los medios lados mínimo de 180° en un tiempo como

            máximo, por cada medio lado.                                                                  1 punto

Infracciones

I.          Por resistirse a ser enfrenado                                                                     1  punto

II.         Por resistirse a dar el estribo                                                                      1  punto

III.       Por alborotarse en el partidero, o en cualquier momento

            (no confundir con estar el caballo en mano)                                              1  punto

IV.       Por no poner el caballo totalmente de frente en el centro del

            Partidero para arrancar su carrera                                                             1  punto

V.        Por no arrancar su caballo en un tiempo máximo de un minuto

            Teniendo hasta un minuto más para hacerlo                                              2  puntos

VI.       Por no desarrollar toda su  velocidad la cabalgadura en su carrera,

            mínimo   desde los 15 y hasta los 70 metros para presentar la  punta    4  puntos

VII.      Por no correr en línea recta por el centro de la manga del lienzo             2  puntos

VIII.     Por cuartear al caballo de medio cuerpo hacia delante                             3  puntos

IX.       Por presentar la punta en dos  tiempos                                                       2  puntos

X.        Por presentar la punta en tres tiempos                                                        3  puntos

XI.       Por parar su cabalgadura sobre las manos y/o cargarse de

            en la rienda                                                                                                   3  puntos

XII.      Por rebasar la línea de 90 metros al dar la punta, a excepción

            de que  gane adicionales por haberla dado hasta en tres tiempos             1  punto

XIII.     Por voltear al caballo para iniciar cualquiera de sus movimientos,

            quedando de espalda al público                                                                    1  punto

XIV.    Porque el caballo abra el hocico (excepto en la punta)                                1  punto

XV.      Rebear                                                                                                             1  punto

XVI.            Enjetarse                                                                                                  2  puntos

XVII.            Cachetear                                                                                                2  puntos

XVIII.            Estrellar y/o despapar y/o gorbetear (o incluido todo)                      1  punto

XIX.    Dar los lados sin apoyarse el caballo en sus cuartos traseros o

            Sin convertir éstos en su eje, o darlos caminando, por cada lado                2  puntos

XX.      No cejar en línea recta, partiendo del centro del rectángulo,

            Hasta rebasar con las manos del caballo la línea de 50 mts.                        1  punto

XXI.    Tener andadura de mondingo o trote                                                               1  punto

XXII.   Perder uno o ambos  estribos                                                                             2  puntos

XXIII.            Reventarse las taloneras, muñequeras, rienda, barbada, cadenillas

            Etc., no se permite remendar, pero se le permite continuar                             2  puntos

XXIV.  Perder la cuarta en cualquier momento, pudiendo autorizar los

Jueces a que se le regrese                                                                                 2  puntos

XXV.   Sangrar al caballo, del hocico o de los hijares                                                    2  puntos

XXVI.  Por preguntar y/o cuestionar a los jueces durante la realización

de la cala y en especial sobre el resultado de la ejecución de la

punta, en una sola ocasión, (descalificación en caso de insistencia)            2  puntos

Descalificación

I.          Por usar frenos artículos, de tijera o gozne, bozales, zacatecanos o con barbada de 

          argolla, punta de flecha, placa, o aditamentos en el bocado o cualquier agregado

            que sirva de castigo. Bozales, ronzales y cabestros, desde el momento de presentar

            el caballo ante los jueces, no se permitirá cambiar.

II.         Por usar inyecciones, ligas, agujas, pomadas o cualquier otro tipo de artefactos, en

            La cola del caballo, así como amarrársela o trenzársela, impidiendo el defecto de

            Rabear o cualquier otro propósito.

III.       Por negarse el caballo a ser enfrenado o a dar el estribo, saliéndose, con cualquiera

            De sus extremidades del rectángulo marcado para la ejecución de la cala.

IV.       Por no irse al galope del ruedo hasta el partidero, desde su arranque y hasta su Llegada.

V.        Por levantarse de manos el caballo en cualquier momento

VI.       Por ejecutar la punta antes de los 60 metros

VII.      Por rebasar las líneas laterales del rectángulo con cualquiera de las extremidades de

            la cabalgadura al ejecutar la punta lados o medios lados o en cualquier momento

            durante  la faena

VIII.     Por no parar el caballo al llamado de la rienda

IX.       Por caerse con todo y caballo sin levantarse con el

X.        Por caerse el jinete o apearse

XI.       Porque  el calador interrumpa la ejecución de su faena para preguntar y/o discutir

            por  segunda ocasión la calificación otorgada por los jueces, en especial la

            correspondiente a la ejecución de la punta

XII.      Por no colocar la cuarta en le cuartero antes de iniciar los lados,  cuando el calador

            la traiga en la mano

XIII.     Por abrir la rienda o manquearla

XIV.    Por sujetarse de cualquier parte de la silla o de la cabalgadura durante los                   

            Movimientos que integran la cala

XV.      Por no hacer la cala completa o negarse el caballo a realizar cualquiera de los

            Movimientos que integran la cala

XVI.    Por no seguir la secuencia en el orden de movimientos de la faena o por repetir

            Cualquier movimiento

XVII.   Por usar el charro las dos manos al mismo tiempo para realizar la cala de caballo,

            a excepción  hecha al sacar la cuarta, al presentar la punta y al colocar la cuarta en el

            cuartero

XVIII.  El caballo que sea presentado para calar en un campeonato, torneo o competencia

            Por un equipo, no podrá ser presentado por otro en la misma fase, si lo hicieren, será

            Descalificado en la segunda y subsecuentes calas. Podrá permitirse  calarlo en

            Diferentes fases y/o categorías por distintos equipos en el mismo evento.

XIX.    Por rebasar dos minutos sin arrancar el caballo, una vez que se ha llegado al

            partidero

XX.      Por dar  cuartos de lado (90 grados) en lugar de medios lados (180 grados), a

            Derecha o izquierda

XXI.    Por  no cejar la cabalgadura hasta rebasar con las manos la línea de los 50

            Metros

XXII. Por remendar o cambiar cualquier arreo para poder terminar la cala

*El reglamento viejo no hablaba de medios lados de 180o y obligaba a los caladores a poner en mano al caballo, mientras que el nuevo reglamento solo pide que el caballo este de frente a las tribunas.

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